por Eduardo Ferreyra
En varios juegos de naipes, la situación de no tener una carta de Oros se expresa como estar “Fallo al Oro”, situación lamentable por cierto, como la de la Asamblea Ambientalista Ciudadana de Gualeguaychú que está "Fallo a la Legalidad".
Del sitio Diario El Argentino de la ciudad de Gualeguaychú, el 8 de agosto pasado se publica la siguiente nota, que iremos comentando, donde relata la manera en que el Dr. Fabián Moreno Navarro parece haberse dado cuenta que la Tierra es esférica y que los Reyes magos son los padres. Finalmente parece que alguien dentro de la Asamblea está pisando suelo firme:
SERÁ EL 27 DE SEPTIEMBRE
Confirman la realización de la 2da. Marcha Blanca
http://www.diarioelargentino.com.ar/notas.php?id=8954
La Asamblea continúa con un abanico de medidas para seguir concientizando a la población. Anoche se votó la realización de la "Marcha blanca", se avanzó en la campaña "Veranee en Argentina y se discutió el fallo del Tribunal del Mercosur.
La Asamblea reeditará la Marcha Blanca por la Vida, que el año pasado reunió a unas 15 mil personas entre estudiantes de escuelas primarias, secundarias y padres en el paseo del Puerto. Esta vez los chicos volverán a ser los protagonistas y para ese día se espera una amplia cober-tura mediática.
En tanto, en la Asamblea de anoche, que se desarrolló el salón de la Cooperativa Eléctrica ante unas 200 personas, se avanzó en la campaña "Veranee en Argentina,” que luego de definir el mensaje comunicacional de tres tipos distintos de afiches, se formará una comisión para presen-tar el lanzamiento de la campaña en Capital Federal, pero aún no hay fecha de inicio.
"El fallo no dice que esta Asamblea tenga razón"
El abogado de la Asamblea e integrante del equipo técnico ante La Haya de la Cancillería Argen-tina, Fabián Moreno Navarro, fue el encargado de explicar los puntos sobresalientes del fallo que es inapelable y fue votado por unanimidad por los tres jueces que atendieron la demanda uruguaya contra nuestro país en los Tribunales del Mercosur.
Moreno Navarro leyó la parte argumental de las conclusiones del fallo, "que no dice que esta Asamblea tenga razón", expresó.
Esto se llama una sobredosis de realidad. Es que la lectura atenta del fallo del tribunal del Mercosur reunido en Montevideo no deja ninguna otra interpretación: los cortes de rutas realizados por la Asam-blea eran ILEGÍTIMOS. Al analizar los cortes de rutas y puentes, el fallo del tribunal comienza diciendo:
114) Así que cualesquiera que hayan sido las cifras aportadas, y los balances sectoriales y generales que han sido traídos como prueba ante el Tribunal Arbitral Ad Hoc, lo cierto es que el ejercicio por los vecinos de Gualeguaychú de su derecho de protesta ha sobrepasado en sus efectos los límites del respeto que tanto ellos como los Estados, en este caso el Estado Argentino deben al cumplimiento de la norma que obliga a garantizar la libre circulación de bienes y servicios.
Libre circulación que por la intermitencia, insistencia y continuidad de los cortes quedo sin efecto para quienes forzados por aquella situación extraña a la normalidad económica hubie-ron de cambiar sus decisiones como ciudadanos o como agentes económicos de Mercosur. Prestatarios y prestadores de servicios hubieron de revisar sus decisiones merced a un factor exógeno e ilícito, cambiando sus estrategias para prestar servicios turísticos o de transporte o para servirse de ellos; alterando los tiempos y formas de comprar o suministrar mercancías; corrigiendo la composición de los precios y los tiempos de entrega: en definitiva sintiendo alterado el marco de libertad de circulación de mercaderías y servicios que señala el Tratado de MERCOSUR y que para una inmensa cantidad de gente quedo por un tiempo sin efecto, en un volumen económico extraordinariamen-te significativo y generando una situación gravosa para todos aquellos que tenían que recomponer sus conductas como resultado de los hechos infractores que se estaban produciendo con los cortes en los puentes.
Explica el tribunal que los cortes, cualesquiera sean las razones invocadas para los mismos, son ILICITOS. Esto es: están fuera de la ley –algo que toda la prensa argentina independiente, la que no está embanderada con las políticas del gobierno ni recibe publicidad oficial para decir cosas agradables a las autoridades (la llamada prensa “canalla”) lo estuvo repitiendo desde un principio al citar los varios artículos de la constitución nacional que se estaban violando, como el 14, el 18, y sobre todo el 22.
Esta misma prensa “canalla” (y no por ser hinchas de Rosario Central) hoy pregona a todos los vientos que el fallo del MERCOSUR le es ampliamente favorable, haciendo interpretaciones “canallas” del contenido del fallo. En el mismo Diario El Argentino figura la noticia del fallo diciendo: “Asimismo, los jueces reconocieron que la Argentina actuó de buena fe en el conflicto bilateral surgido por la instala-ción de las plantas celulosas en la localidad oriental de Fray Bentos,” cuando en realidad el fallo dice claramente lo opuesto!:
146) Sin embargo y pese a la "buena fe" que pudiera haber inspirado el punto de vista de la Parte Reclamada, la elección de la "conducta debida" no depende del propósito de la parte, por bien intencionado que el mismo fuera, sino de la efectividad de las medidas adoptadas para obtener el resultado requerido, cumpliendo con los compromisos asumidos internacional-mente.
No dice que la Asamblea haya actuado de “buena fe” sino que se refiere a las intenciones de la Asam-blea en tiempo potencial: “por bien intencionadas que el mismo fuera [el propósito de la parte].” Como para que no queden dudas, el tribunal dice con toda claridad:
158) No obstante, dichas manifestaciones fueron perdiendo su legitimidad originaria en la medida en que a través de las vías de hecho adoptadas, fueron acumulando agresiones al derecho de otras personas que se vieron finalmente imposibilitadas de transitar y ejercer el comercio a través de las rutas internacionales en virtud del corte de las mismas, sin previ-sibilidad ni límite temporal preciso, por períodos desproporcionadamente extensos y durante la época de mayor intercambio comercial y turístico entre ambos países, tal como hemos visto precedentemente.
“El objetivo del Uruguay era que se aplicara una sanción pecuniaria a la República Argen-tina por supuestos daños y esto no ocurrió”, resaltó al primer mandatario entrerriano, al tiempo que indicó que “tampoco el fallo dice que hay una responsabilidad de nuestro país”.
Tras afirmar que “no se nos sancionó, con lo cual se reconoció que nuestra postura es la correcta”, Busti subrayó que se trató de un fallo unánime, puesto que “hasta el juez uruguayo” se pronunció en ese sentido.
Entonces, antes de decir que Uruguay jamás solicitó una compensación económica ni una sanción pecuniaria contra Argentina, escuchemos las explicaciones que el mismo abogado asesor de la Asamblea de Gualeguaychú les dice a sus asesorados:
Pero dice algo muy fuerte para la Asamblea, porque si bien el Tribunal manifiesta que comprende los sentimientos de esta población, dice que a partir de los cortes de ruta, la extensión y el periodo en que se hizo (en la temporada estival) deslegitimó la protesta y esto creo que tiene que ser evaluado por la Asamblea", manifestó el abogado que se mostró muy molesto por esa parte del fallo.
El tema económico
En tanto aclaró que: "El tema económico se está tratando de una forma muy poco feliz en los medios, la realidad es que Uruguay no hizo un reclamo de indemnización económica en este juicio. Al intentar responsabilizar a la Argentina por no haber cumplido en lo que tenía que haber hecho para liberar las rutas, en ningún momento Uruguay hizo un reclamo pecuniario de indemnización, porque los que se consideran con derecho a reclamar son los particulares damnificados, como las empresas de transporte, que están facultadas a intentar las acciones legales. Es evidente y como cualquier persona, como lo haríamos nosotros si esto sigue de la forma que Uruguay pretende, tenemos la legitimidad de reclamar a los Tribunales nacionales del otro país", explicó.
En este sentido agregó que: "De modo que decir que esta sentencia imposibilita el reclamo uruguayo de reparaciones económicas a mi juicio es un horror", dijo.
Ahora bien. Una vez analizado el fallo del Tribunal, ¿quién está mintiendo?: ¿El abogado de la Asamblea e integrante del equipo técnico ante La Haya de la Cancillería Argentina, Fabián Moreno Navarro, o el Excelentísimo Sr. Gobernador de Entre Ríos, Jorge Busti? ¿Por quién apuesta usted?
La actitud del Dr. Fabián Moreno Navarro lo enaltece porque le está diciendo a sus clientes y asesorados la más pura verdad. A partir del reconocimiento de la verdad de lo acontecido durante los cortes, los motivos que han impulsado a los pobladores de Gualeguaychú a embarcarse en una muy desgraciada asonada comienzan a hacerse altamente sospechosos.
No se han aportado a la discusión datos científicos valederos y concretos que puedan justificar una alar-ma o un verdadero temor por parte de la población de la región. ¿Por qué temen tanto los pobladores que están a 30 kilómetros de las plantas, y no le temen quienes viven viento abajo a tres kilómetros? La única explicación es la diferencia en la calidad de la información recibida por ambas poblaciones.
Una vez que se analiza científicamente la información se pude comprobar que quienes no sienten temor están en lo cierto. Quienes están aterrorizados han sido víctimas de una muy bien organizada desinfor-mación y una muy exitosa campaña de infundios y terror –llevada a cabo por profesionales en la mate-ria: Greenpeace.
Es tarea ahora de las autoridades de Gualeguaychú informar a la población de manera adecuada, seria y responsable. Podrían comenzar a pedir la opinión de los asambleístas que visitaron hace pocos días las fábricas de celulosa en Finlandia –personas que están corriendo el serio riesgo de ser calificados de “traidores a la causa.”
Esperemos que sea ese el único riesgo que vayan a correr. La seguridad personal es otro tema, aunque no es uno menor.
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