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Sábalos, Juicios y Muchedumbres

Por Mario R.Féliz
Junio 21, 2010

¡Todos vosotros, sabios célebres, habéis servido al
pueblo y a la superstición del pueblo, no a la verdad!
Y por eso precisamente os han honrado.


F.Nietzsche, Así hablaba Zaratustra.

PRELUDIO

Al pergeñar la estructura de este ejercicio no tardé en advertir que, al querer hablar del fallo de la CIJ y analizarlo, sin ser tan atrevido, comentar el fenóme-no social, enfrentaba un terreno fangoso. No obs-tante, lo primero no podía evitarlo y lo segundo me producía una atracción fatal. Para darme ánimos recordé las muchas veces que leyendo ciencias so-ciales me encontré con apelaciones a las “ciencias duras”. Algunas veces en forma sistemática como en el caso de la sociobiología1 y otras con creativi-dad singular como con la biopolítica2. Además, es muy frecuente ver analogías con la física y la quí-mica3.

Sin embargo, no debe considerarse lo que aquí se diga como un enfoque quimiosófico o socioquímico de la realidad sino, apenas como la visión de un estudiante crónico de química que, parafraseando a Nietzsche, es suficientemente humano.

Comenzaré recordando que han pasado cuatro años desde que el gobierno argentino considerara que la contro-versia -acerca de la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto del Río Uruguay- no podía solucio-narse por negociaciones directas. Finalmente, las alegaciones argentinas fueron respondidas por la Corte Inter-nacional de Justicia.

Unos treinta días después de la sentencia, el gobernador de Entre Ríos afirmaría que la Asamblea Ciudadana manipula todo el enorme consenso que tiene la lucha ambiental y lo aplica a una medida puntual, impopular, injusta y sostenida por pocos como el bloqueo a una ruta internacional que vincula dos pueblos hermanos. Mucha agua había corrido bajo el puente Gral. San Martín desde que estalló el conflicto y nunca, durante los dos mil días de su duración, hubo autoridad argentina alguna que hiciera el mínimo esfuerzo para lograr una solución acordada. Por el contrario, desde el gobierno, y la oposición, se hizo lo posible por sostener política y/o econó-micamente a la ACAG4 o en el mejor de los casos se optó por un ominoso silencio cómplice.

En noviembre de 1973, el General, disfrutando su tercera presidencia y apenas 7 meses antes de su muerte, visitaba Uruguay. Su presencia en la capital uruguaya se debía a la ceremonia por la firma del tratado del Rio de la Plata. Inició su discurso diciendo: es muy profunda mi emoción ante un acto que concreta un hecho larga-mente esperado por ambas naciones. Para llegar a él, uruguayos y argentinos hemos debido recorrer un camino largo y difícil. Muy vivas están en la memoria aquellas jornadas de 1910, cuando Gonzalo Ramírez y Sáenz Peña protagonizaron en esta misma ciudad de Montevideo, con el protocolo del 5 de enero, la memorable puesta en ejecución de un instrumento que diera fin a innumerables controversias y equívocos entre nuestros dos países.”

Y en el párrafo final afirmaba: “Un mismo cielo cubre nuestras dos orillas, su azul refleja en nuestro paisaje, en nuestras aguas y en nuestras banderas. Aceptemos ese simbólico abrazo de la naturaleza como un signo de fraternidad que nos convoca a la paz, al trabajo en común, a la prosperidad y a la felicidad de nuestros pueblos. Dos años más tarde, durante el gobierno de su viuda, se suscribía entre ambos países el Estatuto del Rio Uru-guay, como corolario del Tratado de Límites que había visto la luz en 1961. Esa cuestión había estado pendiente desde 1916 debido a que el acuerdo, firmado por entonces, no había recibido la ratificación de ninguno de los dos países. El compromiso, firmado por Frondizi, establecía los límites sobre las aguas, el aprovechamiento del río para uso industrial y el régimen de navegación que determinaba que ésta sería libre para los buques de todas las banderas.

A lo largo de los últimos treinta años, desde la firma del Estatuto del Rio Uruguay, se construyeron la represa de Salto Grande y los puentes Artigas y San Martín. En las ciudades costeras o vecinas a las orillas del río apare-cieron industrias diversas o grupos de industrias (p.ej.: Parque Industrial de Gualeguaychú) y todo ello sin que se suscitara ningún conflicto y sin que jamás hubiera reclamos por violaciones al Estatuto ya que no hay cons-tancias de que se presentaran los proyectos ante la CARU5, como exige la norma. A ello hay que sumar la acti-vidad agropecuaria que implica el uso de toneladas de fertilizantes, herbicidas y pesticidas y los residuos cloaca-les de 3 millones de personas vertidos al río. A pesar de todo, aún hoy, la contaminación del Río Uruguay es muy baja comparada con la del Rio de la Plata.

“Lalo remaba a impulsos regulares y llegamos al Río de la Plata. Era una mañana magnífica y hacia el horizonte el río relucía con toda su belleza… Sacó bogas, patí, dorados, de todo. Para comer y para ven-der. ¿Se puede comer lo que saca de acá?, preguntaba el periodista. Depende, dice Lalo.Si cuando lo cocinás tiene mucho olor a kerosén, mejor no lo comas.”6

SENTENCIADOS

El fallo de la Corte se despliega a lo largo de las ochenta páginas del documento titulado: “Case concerning pulp mills on the river Uruguay” (Argentina vs. Uruguay). Por fortuna, un comunicado de prensa de la CIJ lo sintetiza y nos ayuda con el trabajo de extraer lo esencial de la sentencia.

En primer lugar la Corte se preocupa en aclarar cuál es el alcance de su jurisdicción haciendo notar que: ”The parties are in agreement that the Court´s jurisdiction is based on Article 36, paragraph 1, of the Court and Article 60, paragraph 1 of the 1975 Statute.” Este último dice:

Toda controversia acerca de la interpretación o aplicación del Tratado y del Estatuto que no pudiere solucionarse por negociaciones directas, podrá ser sometida, por cualquiera de las Partes a la Corte Internacional de Justicia. Por lo tanto, la Corte, al analizar las alegaciones argentinas sostiene que sólo son atendibles aquellas que se encuentran contempladas en el Estatuto.

El párrafo precedente nos indica que todo reclamo que exceda lo establecido en aquel no corresponde que sea tratado por la Corte y por lo tanto, es improcedente reclamar por ello.

Para realizar el análisis de la demanda, la Corte divide las obligaciones, supuestamente incumplidas, en “proce-dural obligations” y “substantive obligations” y comienza por examinar las primeras.

El Estatuto de 1975 impone a la Parte que estuviera planeando ciertas actividades, descriptas en su art.78, primer parágrafo, las obligaciones de procedimiento cuyo contenido, interrelación y límites de tiempo están especificadas en los artículos del 7 al 12. Esto abarca lo que podríamos denominar el período de consulta y negociación y que no podía extenderse más de 180 días. Uruguay no comunicó a través de la CARU el proyecto que planeaba y esto significó, según la Corte, un incumplimiento de los términos del tratado. No obstante, hubo negociaciones: un acuerdo de cancilleres y la creación del GTAN9. Sin embargo, estos pasos fueron dados sin seguir el procedimiento establecido en el Estatuto y no pueden reemplazar a las obligaciones de procedimiento excepto que hubiera mutuo consentimiento. Lo hubo, pero al presentar la demanda Argentina negaba, ante la Corte, su consentimiento.

Durante esta etapa las obras podían suspenderse pero, una vez concluidas las negociaciones y elevado el reclamo a la Corte, ya no. Por ello, la Corte taxativamente afirma que: ”…cannot uphold the interpretation of Article 9 according to which any construction is prohibited until the Court has given its ruling pursuant to Articles 12 and 60.

El artículo 12 da la posibilidad de acudir a la Corte pero no obliga. Por lo tanto la Corte considera que aquel no implica la alteración de derechos y obligaciones de las Partes. En consecuencia, la Corte entiende que ello incluye el derecho de implementar el proyecto bajo la responsabilidad de la parte, desde el momento en que el período de negociaciones hubiera terminado.

Sin duda, nuestro gobierno no debió haber despreciado las negociaciones, aunque aquellas no hubieran comen-zado adecuadamente, debió esforzarse en un proceso de cooperación reencauzando el conflicto. Sin embargo, sin habilidad para manejar el fenómeno social o especulando con beneficios políticos embarcó al país en un juicio internacional que podía ser desfavorable, como lo fue. Antes de analizar las obligaciones sustantivas para la protección del ambiente, según lo establece el Estatuto en su artículo 41, la Corte aborda previamente dos aspectos: la carga de la prueba y la evidencia de los expertos.

Para comenzar, la Corte considera que, de acuerdo con el bien establecido principio de onus probando incumbit actori, es obligación de la Parte que asegura ciertos hechos probar su existencia.

Este principio ha sido consistentemente sostenido por la Corte en diversos conflictos10. Así que teniendo en cuenta el argumento presentado por Argentina sobre la inversión de la prueba, la Corte observa que no hay nada en el Estatuto que avale ese criterio.

El documento sigue con el reclamo de que las plantaciones (de eucaliptos) en Uruguay podrían perturbar las aguas subterráneas, el régimen del Rio y la calidad de sus aguas (Art.35 del Estatuto) 11 y aquí la Corte observa que “Argentina has not provided any evidence to support its contention.”

Seguidamente, ante la acusación de que Uruguay habría incumplido el artículo 36 del Estatuto, el cual obliga a las Partes a coordinar a través de la CARU las medidas necesarias para evitar el cambio del balance ecológico del río, la Corte entiende que Argentina “has not convincingly demonstrated that Uruguay has refuse to engage in such co-ordination as envisaged by Article 36 in breach of that provision.”

A continuación la Corte analiza minuciosamente, a lo largo de muchas páginas, todos los aspectos relacionados con la probable contaminación originada en el funcionamiento de la planta. En ese sentido la Corte encuentra que, desde el punto de vista de la tecnología empleada y basada en los documentos provistos por las partes -particularmente sobre IPPC-BAT12- que no hay evidencia para apoyar el reclamo Argentino de que Botnia no cumple con las BATs en términos de las descargas de efluentes por cada tonelada de pulpa producida.

El documento prosigue con la valoración de “las pruebas de alteración del rio” debidas a la planta de celulosa: déficit de oxígeno disuelto13, exceso de fósforo, presencia de sustancias fenólicas, de nonilfenol14 y de dioxinas y furanos y los efectos sobre la biodiversidad. Vale la pena detenerse en lo que la Corte dice sobre el asunto de las dioxinas y los furanos.

¿Quién no recuerda las temibles amenazas que se cernían sobre los niños de Gualeguaychú debido las terribles dioxinas? En el fallo se recoge que: Argentina ha alegado que mientras la concentración de dioxinas y furanos en la superficie de los sedimentos (del río) es generalmente muy baja, los datos obtenidos demostraron que hay una tendencia creciente comparada con los datos compilados por Botnia antes de su funcionamiento. Argentina no reclama por una violación de los estándares, pero se apoya en “a sample of sábalo fish tested by its monito-ring team,” el cuál muestra que un pez presentaba elevados niveles de dioxinas y furanos…

Según parece el pobre sábalo se habría dedicado a comer dioxinas del desagüe de Botnia. Aquí vino a mi memo-ria, que la CARU15, en su análisis sobre Reproducción y Reclutamiento de Peces Migratorios que se reproducen en el río Uruguay bajo y medio, incluía al P Lineatus (a) Sábalo. Y que las investigaciones sobre marcación de peces, en el bajo río Uruguay, muestran superposición con los de las pesquerías de sábalo del Río de la Plata16. Tal vez, era uno de aquellos peces que Lalo devolvía al rio por su fuerte olor a kerosene.

La Corte determina que no existen evidencias concluyentes, en los registros presentados, de que Uruguay no haya actuado con el requerido grado de debida diligencia o que las descargas de efluentes de Botnia tengan efectos deletéreos o causen daño a los recursos vivientes o a la calidad del agua o al balance ecológico del río desde que comenzara sus actividades.

Finalmente la Corte declara que Uruguay no ha incumplido sus obligaciones sustantivas para la protección del ambiente, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto, al autorizar la construcción y funcionamiento de Botnia.

Además, la Corte es de la opinión de que ambas Partes tienen la obligación de posibilitar a la CARU, como herra-mienta común, ejercitar su función de monitorear la calidad de las aguas del rio y controlar el impacto de Botnia sobre el ambiente acuático. Uruguay, por su parte, tiene la obligación de continuar monitoreando la operación de la planta y asegurar que Botnia cumpla con las regulaciones domésticas y con los estándares de la CARU.17

Es claro que la Corte ni siquiera sugiere que Argentina tenga derecho a controlar la planta instalada en territorio uruguayo. No podría hacerlo, puesto que el Estatuto no habilita ninguna violación de soberanía. Esperemos que una pizca de sensatez logre que se encarrilen las negociaciones y comience cuanto antes un amplio programa de control del rio en toda su extensión. La concreción de un programa permanente, sostenido y serio, se con-vertiría en el primer gran emprendimiento de protección del ambiente realizado en cooperación por dos países latinoamericanos.

MUCHEDUMBRES

Mirando hacia atrás y, además, observando lo que aún hoy ocurre no puedo evitar pensar en que el esfuerzo realizado por algunos, para llegar a la verdad técnica y científica y desde allí encontrar los caminos para un tratamiento racional del problema, han sido parcialmente inútiles.

Aunque pudiera creerse otra cosa, todo este asunto ha sido, y es, sobre política y no resulta extraño que se pensara que al empeñarse en una visión “científica” se era demasiado racional e ingenuo y, por lo tanto, se navegaba contra la corriente. Por cierto, no es ésta una observación novedosa. Efectivamente, hace alrededor de cinco siglos Erasmo18 escribía: “… como nada hay en el mundo que no esté lleno de necedad, y hecho por necios y para necios, yo aconsejaría a aquel que pretendiera ir contra la corriente que, imitando a Timón el misántropo, se vaya a un desierto, y allí solo podrá refocilarse con su sabiduría.”

La transmisión por TV19, en directo, de la reunión donde se discutía el levantamiento del “corte de la ruta na-cional 136” no es un hecho extravagante, es, simplemente, la confirmación de la atención que esta historia ha merecido por parte de la prensa y la política. Movimientos “ambientalistas” de similar factura existieron y existen en muchos lugares del país. Algunos de los cuales fueron exitosos como el de Esquel20 , donde después de un plebiscito lograron impedir la instalación de una mina de oro en la región. Sin embargo, ninguno de ellos logró escalar al nivel de “causa nacional” como el protagonizado por la ACAG. ¿Cuál fue la singularidad que convirtió a los tranquilos habitantes de un pueblo entrerriano en el centro de la atención pública y por tanto tiempo?

Desde el interior de la ACAG, y desde la visión de algunos “intelectuales”, el rasgo destacable del movimiento ha sido su horizontalidad y la carencia de líderes. Sin embargo, este no es un atributo distintivo, por el contrario, es una característica común a infinidad de movimientos similares.

La decadencia de los movimientos ideológicos de masas ha sido un fenómeno global acompañado por el aumento de las asociaciones de tiempo libre21 (leisure organizations). Estas se expandieron en Europa y USA durante los 1960s y los 1970s. El surgimiento de tales organizaciones depende del crecimiento del número de ciudadanos con suficiente tiempo libre y con ingresos superiores a los necesarios para saciar el hambre de su familia. Tales rasgos son propios de la ACAG que está formada por ciudadanos de clase media (Empresarios profesionales, comerciantes, jubilados, etc)22.

Semejantes asociaciones, pequeñas y ágiles, atienden mucho mejor, que los grandes movimientos de masas, las necesidades y deseos de ciertos grupos sociales. No obstante, la fragmentación eleva las tensiones sobre el contrato social, al poblar el espacio de convivencia con reclamos que no consideran el interés común. Aunque no se han hallado genes que determinen el comportamiento social, parece haber evidencia, se afirma, para avalar la conclusión de que las diferencias en las conductas colectivas que existen entre diversas especies animales son hereditarias.23

Podríamos agregar que, probablemente, el hombre de hoy es aquel sencillo cazador tribal que está haciendo todo lo posible por llevar airosa y orgullosamente sus nuevos jaeces; pero estos son vestiduras complejas y embarazosas, y no deja de tropezar con ellas.24 Lo que D.Morris nos dice es que la biología del hombre actual es la misma que la de esos cazadores-recolectores y que su vida natural es la tribal, con todos sus atributos. Los grandes conglomerados humanos son, entonces, como supertribus, con superjefes y supersubordinados que suelen ser más sumisos que el más rastrero de los monos.255

Por cierto, pertenecemos a una categoría de animales conocida por los zoólogos como “gregarios obligados”, lo que significa que no tenemos otra opción que mantenernos unidos. De allí, que el temor al ostracismo aceche en las esquinas de toda mente humana: ser expulsado es lo peor que puede sucedernos. Sin duda, la evolución ha implantado en nosotros la necesidad de pertenecer y ser aceptado.26

Sin embargo, la empatía es frágil, según de Waal. Quien agrega que nuestro diseño evolutivo dificulta la identi-ficación con los foráneos. Hemos sido diseñados para aborrecer a nuestros enemigos. Y las comparaciones entre humanos, chimpancés y bonobos muestran que las tres especies afrontan dilemas similares y deben superar contradicciones en pugna por el rango, los apareamientos y los recursos. Podemos decir que en todo grupo organizado de mamíferos, cualquiera que sea el grado de cooperatividad que en el exista, se halla siempre pre-sente una lucha por la dominación social.27

En definitiva, en palabras de Russell, el hombre natural piensa bien de los miembros de su propia tribu excepto cuando tiene alguna razón especial para pelearse con ellos, pero piensa mal de todas las demás tribus excepto, precariamente, cuando hay una alianza contra un enemigo común.28

Como se desprende de lo dicho, la tensión de status (la lucha por el poder) es una condición general que se puede desactivar sólo cuando la cohesión interna se intensifica frente a la amenaza exterior.

En una visión actualizada y política29 el fenómeno, denominado etnocentrismo, se define como la tendencia que tienen los humanos a dividir a la humanidad en dos grupos: ellos y nosotros. En plena coincidencia con las ob-servaciones de D. Morris. De acuerdo con Sandole (ref.27), es claro que el aprendizaje, la cultura y otras in-fluencias ambientales pueden impactar significativamente sobre a quién se define como amenazante y sobre cómo se responde ante ello. No obstante, la predisposición biológica de bifurcar a los miembros de la especie entre ellos y nosotros está lista para interactuar con la cultura y crear ciertas “historias”, ciertas “disputas territoriales” que se convierten en las bases de un conflicto violento en espiral, pudiendo llegar a límites extre-mos (Guerras, limpieza étnica genocida, etc) .

Según Palermo30 en el nacionalismo territorialista argentino sobrevuela una cierta idea de que la nacionalidad uruguaya es una concesión a circunstancias históricas que, aunque irreversible, no debería ser tomada del todo en serio. Y continúa, más adelante, afirmando que fue el territorialismo, el unanimismo, la fe en el potencial regenerativo de una causa nacional y muy especialmente la noción victimista del despojo los que estructuraron la acción colectiva contra las papeleras en los distintos planos: vecinos, gobiernos local, provincial y federal.

Esos antecedentes sumados a la creación del imperialismo finés configuraron el cuadro apto para sostener la escalada, sólidamente sustentada, además, por la prensa y la política nacional. Especialmente teatral fue la puesta en escena del supermacho alfa, mostrando su pericia en el arte de la realpolitik31, durante la procla-mación de la “causa nacional” en el coliseo local, el corsódromo de Gualeguaychú.

En consecuencia, no es cierto que la ACAG no tuviera dirigentes. En su apología del conflicto V. Toller destaca la elite dirigente que se conserva desde el principio hasta el presente. Siempre hubo conflictos internos por el poder. Sin embargo, la presencia del enemigo hostil atenuó las controversias y redujo a la sumisión al resto de la población recreando, en forma sui generis, el mito de Fuenteovejuna.

Por último, conviene destacar que, además, los fundamentos de la causa, la supuesta contaminación que “aca-baría con la vida” era falsa, como lo sentencia la CIJ. Este comportamiento tampoco es exclusivo de la ACAG. Hace casi diez años A. Dobson, un reconocido militante “verde”, describía y analizaba la ideología ecologista. Afirmaba, entonces, que una presentación del ecologismo no estaría completa sin una apropiada dosis (gene-ralmente pesada) de advertencias pesimistas (doom and gloom). Y continuaba diciendo que: Los ecologistas invariablemente proclaman las terribles consecuencias que resultarán si sus advertencias no son apreciadas y sus recomendaciones ignoradas. Según su opinión, el uso por los verdes radicales de un consistente tono apocalíptico es típico de esa ideología y el movimiento se ha apoyado demasiado fuertemente en ese tipo de proyecciones con el propósito de galvanizar a la gente y empujarla a la acción.

Es posible que muchos se sintieran indignados por la amenaza foránea, pero, Nietzsche nos alerta que: “Nadie, nadie miente tanto como el que está indignado.” Por otra parte, quizás, no todos mintieran deliberadamente, y podrán ser exculpados. No obstante, ahora Nietzsche se preguntaría: “Si somos engañados, ¿no somos preci-samente por eso también engañadores?, ¿no nos es inevitable ser también engañadores?”

EPÍLOGO

Como aquel rabí de Praga el gobierno dio vida al golem con la esperanza de usarlo para defender a los suyos. Pero, la violencia destructiva del golem no se puede controlar: agrede a sus enemigos, pero también se vuelve indiscriminadamente en contra suya, de modo que el rabino se ve obligado a convertirlo nuevamente en barro.

Durante cuatro años se consintió la violación de la constitución y las leyes con la argucia de que no se quería reprimir. Reprimir, ¿por qué? Si en una democracia republicana la garantía del cumplimiento de la ley es la justicia y el poder administrador debe arbitrar los métodos adecuados para garantizar el cumplimiento de las sentencias. Finalmente, el mismo poder que consintió la violación de la ley reclama hoy su aplicación.

En la hora de angustia y de luz vaga, en su Golem los ojos detenía.
¿Quién nos dirá las cosas que sentía Dios, al mirar a su rabino en Praga?

J.L.Borges.

Mario R.Féliz
La Plata, 19 de junio de 2010



Referencias

  1. The Triumph of Sociopolitics por John Alcock. Oxford press 2001.
  2. Ensayos sobre Biopolítica. G.Giorgi y F.Rodriguez (compiladores). Ed.Paidós.
  3. En Humano, demasiado humano, F.Nietzsche habla de la Química de las ideas y los sentimientos.
  4. Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú.
  5. Comisión Administradora del Rio Uruguay. Organismo mixto creado por el Estatuto del Rio Uruguay de 1975.
  6. La Contaminación Sigue entre Nosotros. Por Antonio E.Brailovsky. Publicado en www.estrucplan.com.ar el 8/6/2006.
  7. Ver documento completo en www.icj-cij.org.
  8. Art.7: La Parte que proyecte la construcción de nuevos canales, la modificación o alteración significativa de los ya existentes o la realización de cualesquiera otras obras de entidad suficiente para afectar la navegación, el régimen del Rio o la calidad de sus aguas, deberá comunicarlo a la Comisión, la cual determinará sumariamente, y en el plazo máximo de treinta días, si el proyecto puede producir perjuicio sensible a la otra Parte.
  9. Grupo de Trabajo de Alto Nivel.
  10. Ver detalles en el fallo completo.
  11. Conviene recordar que en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones existen enormes extensiones de plantaciones de árboles.
  12. Integrated Pollution Prevention and Control Reference Documento-Best Available Techniques in the Pulp and Paper Industry of the European Commission.
  13. La mayoría de estos datos han sido analizados críticamente por el Dr.O.N.Ventura y publicados en www.lascosasdenestor.blogspot.com
  14. Sobre los nonilfenoles y las dioxinas he escrito un par de artículos que pueden verse en http://www.profefeliz.blogspot.com
  15. www.caru.org.ur
  16. En un artículo publicado en el Diario Hoy de La Plata (2006), el Dr. J.C.Colombo (perito ante La Haya) afirmaba: “Altas concentraciones de bifenilos policlorados se han vuelto a encontrar en sábalos de nuestras costas… La franja comprendida entre Quilmes y Berisso fue declarada la más crítica…” Por otra parte, en el mismo artículo, el biólogo M.Remes Lenicov (Director de Desarrollo Pesquero de la Pcia.Bs.As.), decía: “los sábalos tienen un cóctel de diversas sustancias. Los niveles de bifenilos policlorados exceden los recomendados para el consumo humano.”
  17. Ver párrafo 261 de la sentencia de la CIJ
  18. Erasmo de Roterdan. La cita proviene de su opúsculo publicado en 1509 con el título TULTITIAE LAUS y usualmente conocido como El Elogio de la Locura.
  19. Asamblea realizada el jueves 16 de junio de 2010.
  20. Además del movimiento de Esquel, ha habido otros contra la mina del Veladero, Famatina, etc.
  21. The Rise and Fall of Popular Mass Movements: Organizational Change and Globalization-the Norwegian Case. T.Tranvik and P.Selle. Acta Sociológica 50(1)[2007]57-70.
  22. De Gualeguaychú a La Haya: medio ambiente, protesta vecinal y política externa en Argentina. Ricardo A.Gutierrez. USAM-CONICET.
  23. Ver ref.1.
  24. El Zoo humano por Desmond Morris. Ed.Plaza & Janes, SA.
  25. Ver ref.23.
  26. El mono que llevamos dentro por Frans de Waal. Ed.Tusquets.
  27. Ver ref.23.
  28. Sociedad humana, ética y política. Bertrand Russell. Ed. Altaya.
  29. Dennis J.D.Sandole, Complexity and Conflict resolution. Cap.3 of Complexity in World Politics. Ed.N.E.Harrison.
  30. Del Otro Lado del Rio. Compiladores Vicente Palermo y Carlos Reboratti. Ed. Edhasa(2006). Este es un libro que reúne una variedad de artículos sobre ambientalismo y política entre uruguayos y argentinos de lectura obligada para quien se interese en el conflicto.
  31. Realpolitik es el tradicional paradigma de poder gobernante que, en su m{as virulenta forma, se manifiesta en una dictadura doméstica y en el terreno internacional como imperialismo. Ver ref.27.
  32. Daños Colaterales. Papeleras, contaminación y resistencia en el río Uruguay. Por Verónica Toller (Periodista del Día de Gualeguaychú) .
  33. Green Political Thought by Andrew Dobson. Ed.Routledge, 4ta ed. 2007.
  34. La Cabala y su simbolismo, por Gershom Scholem. Ed.Siglo XXI. En Multitud, de M.Hardt y A.Negri, hay una amplia referencia al mito del Golem.



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